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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

21 marzo, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa

 

Departamento de Recursos Financieros

POR: Secretaría de Educación


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Departamento de Recursos Financieros


Tipo : Estructura Orgánica

Fundamento Legal:


Manual de Organización de la SEDUZAC vigente


Atribuciones:


I. Difundir y aplicar las normas, políticas y procedimientos de la administración de los recursos financieros;


 


II. Capacitar y orientar a las áreas de la Secretaría, sobre la normatividad vigente para la correcta administración de los recursos financieros;


 


III. Controlar y dar seguimiento al ejercicio del presupuesto de egresos autorizado de la Secretaría, vigilando el cumplimiento de las disposiciones legales y presupuestarias aplicables;


 


IV. Controlar el registro de firmas de funcionarios facultados para autorizar la documentación comprobatoria;


 


V. Recibir la documentación para trámite de pago, y vigilar que dicho trámite tenga respaldo presupuestal de acuerdo al calendario del programa, según el Sistema Integral de Información de la Secretaría;


 


VI. Aplicar los recursos, registrarlos y elaborar reportes de programas convenidos;


 


VII. Registrar y controlar presupuestalmente los programas estatales y federales de oficinas centrales y de los Departamentos de Servicios Educativos Regionales, elaborando reportes de asignaciones originales y/o modificaciones, importes ejercidos y saldos;


 


VIII. Revisar y fiscalizar la documentación para la comprobación del gasto proporcionada por las oficinas centrales, Departamentos de Servicios Educativos Regionales, Centros de Desarrollo Integral Infantil, Centro de Educación Básica para Alumnos de Alto Rendimiento Escolar y Universidad Pedagógica Nacional; observando que cuenten con todos los requisitos fiscales, partida presupuestal de los artículos, alta de almacén, cálculo aritmético y montos establecidos por la normatividad estatal vigente así como, verificar la captura correcta en el Sistema Integral de Información de la Secretaria y posterior envío a la Secretaría de Finanzas;


 


IX. Fiscalizar contratos y verificar los requisitos fiscales, actas, pedidos y licitaciones que celebra la Secretaría con terceros;


 


X. Recibir las contabilidades de nóminas, calcular el costo global y conciliar con el departamento de Nómina;


 


XI. Recibir los documentos que están fiscalizados para su registro contable y turnarlos a la subjefatura de Tesorería del Departamento y a la Secretaría de Finanzas;


 


XII. Elaborar informes financieros correspondientes al presupuesto autorizado, para dar cumplimiento a las disposiciones de trasparencia y rendición de cuentas;


 


XIII. Conciliar cuentas bancarias, consulta de saldos, movimientos, elaboración de cheques y efectuar transferencias electrónicas;


 


XIV. Justificar mediante la documentación comprobatoria los pagos a través de fondos revolventes para su recuperación ante la Secretaría de Finanzas;


 


XV. Transferir recursos a las cuentas bancarias de los Departamentos de Servicios Educativos Regionales, conforme a las radicaciones por parte de la Secretaría de Finanzas a esta dependencia;


 


XVI. Recibir los pagos correspondientes a los ingresos propios y a las aportaciones de las escuelas;


 


XVII. Coordinar, controlar y administrar las actividades de los fideicomisos establecidos por la Secretaría para los diferentes programas que requieren que sus recursos sean administrados a través de esta figura;


 


XVIII. Conciliar periódicamente con la Secretaría de Finanzas, los registros y saldos de los programas y proyectos de los recursos autorizados de la Secretaría, y


 


XIX. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables.



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Tags:    recursos, financieros
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