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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

14 mayo, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 diciembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Hiram Vidauri Quirarte
Asesor Jurídico

 

Junta Directiva

POR: Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

descripción de las actividades de la Junta de Gobierno


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


Decreto de Creación del Colegio de Educación profesional Técnica

 

Atribuciones:

Objetivo:

Fungir como Órgano Superior de Gobierno del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Zacatecas, para lo cual se establecen las Políticas  Generales y se definen las prioridades a que beberán sujetarse sus actividades.

Funciones:

  • Autoriza las Políticas del Colegio conforme a los Lineamientos emitidos en el Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica.
  • Aprobar  el anteproyecto del presupuesto anual de Ingresos y Egresos del Colegio de conformidad con las disposiciones legales aplicadas.
  • Aprobar su estatuto y la organización Administrativa en términos de las Políticas y  Lineamientos generales que emite el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.
  • Aprobar, previo informe de la instancia de control y dictamen en la auditoria externa, los estados financieros del Colegio y autorizar la publicación de los mismos.
  • Aprobar y autorizar el nombramiento de los Directores  de Plantel, así como servidores públicos de confianza del Colegio que la misma determina, de conformidad con los criterios generales del Sistema Nacional de Colegios de Educación Profesional Técnica.
  • Conocer y en su caso,  aprobar los informes periódicos que rinda el Director Estatal.
  • Aprobar el uso de los ingresos propios que generen.
    Aprobar los planes y programas del Colegio conforme a la normatividad aplicable.
  • Proponer la creación de Unidades desconcentradas.
  • Las demás que con este carácter le confieran las disposiciones legales aplicables.

Para información adicional consultar la URL:



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