El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Presidencia de la República buscar en todas sus unidades administrativas competentes los documentos que hagan referencia a la modificación, adecuación y/o remodelación para transformar de oficina a casa habitación la casa Miguel Alemán; así como el desglose de dichos trabajos y la fecha de inicio y término de las obras.
En respuesta a una particular que solicitó dicha información con base en declaraciones realizadas por el vocero presidencial, Eduardo Sánchez, la Presidencia de la República indicó que lo requerido se encontraba disponible públicamente en las respuestas de nueve solicitudes de información, de las cuales proporcionó los vínculos electrónicos.
Agregó, por otra parte, que no se identificaron erogaciones presupuestarias sobre el inicio y término de obras, ya que la Residencia Oficial de Los Pinos no era considerada unidad ejecutora del gasto. Asimismo, informó que en relación a permisos requeridos a la Delegación Miguel Hidalgo, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), con quien se suscribió un convenio, era la encargada de cumplir con las disposiciones reglamentarias y administrativas.
Inconforme, la particular presentó recurso de revisión ante el INAI, mismo que fue turnado a la ponencia de la comisionada Areli Cano Guadiana.
Durante el análisis del asunto, se acreditó que las respuestas de las nueve solicitudes de información citadas no contienen lo requerido por la peticionaria y que la búsqueda realizada por la Presidencia se efectuó con base en un criterio restrictivo, es decir, el Estado Mayor se limitó a buscar de manera específica la información relativa a “modificaciones”, “adecuaciones” y/o “remodelaciones”, cuando lo peticionado fue “todos los documentos donde se hiciera referencia sobre dicha modificación o cambio”.
De igual manera, Areli Cano refirió que a partir de la revisión al contrato suscrito con la empresa DISEÑOS Y CONSTRUCCIONES GÉNESIS, S.A. DE C.V., se estima que si bien se le indicó a la particular la forma para consultarlo, no se le proporcionaron los diversos documentos que se generaron a partir de la formalización de dicho contrato.
Respecto al convenio de colaboración establecido con la SEDENA —PR-EMP-SEDENA-01—, que puso a disposición de la particular, se advirtió que no brindó certeza en cuanto a si los documentos que debieron generarse con motivo del mismo, obran en posesión de la Presidencia de la República.
Cano Guadiana agregó que de ambos documentos, es decir, del contrato y convenio de colaboración, se infiere que sí se ejerció un gasto y que por lo tanto, debió proporcionarse ese dato a la particular.
En la exposición del recurso, la comisionada Cano destacó el compromiso con la transparencia que el titular del Ejecutivo Federal ha reiterado en múltiples ocasiones y, en ese sentido, hizo un llamado al sujeto obligado para que redoble esfuerzos y genere información que documente sus atribuciones favoreciendo la rendición de cuentas.
Areli Cano agregó que en la medida en que Presidencia de la República genere mayor información sobre las contrataciones en materia de obra, y en especial respecto de los temas de trascendencia social, el derecho de acceso a la información se verá fortalecido y como efecto irreductible, se producirá mayor confianza y legitimidad de dicha Institución.
Por lo anterior, el Pleno del INAI resolvió modificar la respuesta de la Presidencia de la República y le instruyó para que realice una búsqueda exhaustiva de la información siguiente:
Copia de todos los documentos, en los que se haga referencia, a la modificación, adecuación, remodelación o diverso sinónimo, para transformar de oficina a casa habitación a la casa Miguel Alemán; así como la fecha de inicio y término de las obras.
Asimismo, se le instruyó a proporcionar los documentos generados con motivo del contrato formalizado con la empresa DISEÑOS Y CONSTRUCCIONES GENESIS, S.A. DE C.V., y declare formalmente la inexistencia de los permisos y autorizaciones otorgados por el Estado Mayor Presidencial para el acceso a los inmuebles a fin de realizar los trabajos objeto del convenio; el aviso de terminación de obra emitido por la SEDENA; el Proyecto Ejecutivo y los planos de los trabajos terminados; acta de entrega-recepción en la que conste la recepción física de los trabajos y el finiquito generado con motivo de la terminación del encargo encomendado, referidos en el convenio de colaboración número PR-EMP-SEDENA-01.
http://inicio.ifai.org.mx/Comunicados/Nota%20INAI-079-15.pdf